- Prestación económica por Contingencia Profesional
- Prestación económica por Contingencia Común
- Prestación económica por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural
- Prestación económica por cuidado de hijos menores afectados por enfermedad grave
- Prestaciones Complementarias por Contingencia Profesional
- Prestación Económica por cese de actividad
- Mecanismo RED
Adhiérete
- Presenta en la Tesorería General de la Seguridad Social junto con la documentación de alta de la actividad:
- TA. 521 – Solicitud de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Con carácter general la cobertura incluye: Contingencias Comunes, Contingencias Profesionales y Protección por cese en la Actividad.
Cumplimentado en las casillas, de las coberturas elegidas:
Mutua Nº: 072 Nombre: SOLIMAT
1. Presenta la Denuncia del documento de adhesión en tu mutua actual, antes del 30 de septiembre:
- Si la firma es manuscrita, por duplicado y en cualquier centro de dicha mutua.
- Si la firma es digital, enviándola vía mail a la misma.
2. Envía a ceses072@solimat.com:
- Denuncia del documento de adhesión, sellado con la fecha de presentación en la mutua actual, si lo has presentado in situ. O reenviándolo con copia del correo de presentación, si lo has hecho vía mail.
- Solicitud de propuesta de adhesión
- Anexo propuesta de adhesión, sólo si quieres que cubramos la prestación económica de contingencias profesionales.
3. La adhesión efectiva se inicia el 1 de enero del año siguiente a la presentación, tras notificación por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social.
4. Devuelve firmado el documento de adhesión y/o el anexo de adhesión que previamente recibirás.
Certificado de Adhesión
Si necesitas un certificado que indique que estás adherido a Solimat, escríbenos a contigo@solimat.com con tu nombre, apellidos y DNI y te lo enviaremos a la mayor brevedad.
Prestaciones económicas
Prestación económica por Contingencia Profesional
Si tienes las coberturas por contingencia profesional y estás de baja médica como consecuencia de un accidente de trabajo o enfermedad profesional, te:
- Prestamos asistencia sanitaria
- Abonamos el 75% de tu base reguladora, a partir del día siguiente al de la baja médica hasta el alta.
Si quieres ampliar la información relativa a esta prestación económica, pincha aquí.
Por Incapacidad Temporal:
Para solicitar esta prestación, sigue estos pasos:
- Descarga y cumplimenta la documentación que debes presentar para pedir esta prestación:
- En caso de enfermedad profesional:
- En caso de accidente de trabajo:
-
- En ambos casos:
- Envíala a tu gestor/a o Dirección Provincial.
- Tu gestor/a se encargará de tramitar tu solicitud. En el caso que falte algún documento, se pondrá en contacto contigo.
- Si tienes alguna duda o quieres saber el estado de tu solicitud contacta con tu gestor/a o Dirección Provincial.
Prestación económica por Contingencia Común
Si te encuentras de baja médica como consecuencia de un enfermedad común o accidente no laboral, te:
- Abonamos la prestación económica.
La asistencia sanitaria, en estos casos, le corresponde a Seguridad Social.
Periodo:
- Desde el 4º día de la baja hasta el día del alta.
- Duración máxima: 730 días.
Cuantía:
- 60% de tu base reguladora, del 4º al 20º día de la baja.
- 75% de la base reguladora, del día 21 y hasta el día del alta.
Forma de abono:
- Pago directo: previa solicitud del autónomo y presentación de la declaración de situación de actividad.
Plazo de presentación: 15 días hábiles desde la fecha de la baja.
Si quieres ampliar la información relativa a esta prestación económica, pincha aquí.
Para solicitar esta prestación, sigue estos pasos:
- Descarga y cumplimenta la documentación que debes presentar para pedir esta prestación:
- Envíala a tu gestor/a o Dirección Provincial.
- Tu gestor/a se encargará de tramitar tu solicitud. En el caso que falte algún documento, se pondrá en contacto contigo.
- Si tienes alguna duda o quieres saber el estado de tu solicitud contacta con tu gestor/a o Dirección Provincial.
Prestación económica por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural
Si eres mujer, trabajas, estás embarazada o estás periodo de lactancia natural, y:
- En el desempeño de tu actividad y/o condiciones de trabajo influyen negativamente en tu salud, o en la de tu hijo/a (feto o lactante).
- Y no puedes cambiar o adaptar tu puesto de trabajo por otro compatible con tu estado.
Puedes optar a esta prestación si tienes que interrumpir tu actividad profesional, como consecuencia de un posible riesgo en tu puesto de trabajo.
Cuantía:
- 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales.
Forma de abono:
- Directamente a la autónoma, previa solicitud de ésta, y tras el reconocimiento de la existencia del riesgo.
Si quieres ampliar la información relativa a esta prestación económica, pincha aquí.
Para solicitar esta prestación, sigue estos pasos:
- Descarga y cumplimenta la documentación que debes presentar para pedir esta prestación:
- Solicitud de reconocimiento de riesgo durante el embarazo o la lactancia natural
- Declaración empresarial sobre descripción y exposición a riesgos durante el embarazo o la lactancia natural
- Solicitud de prestación económica por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural
- Certificado de Empresa de datos económicos
- Certificado empresarial para la solicitud de la prestación económica por riesgo durante el embarazo o la lactancia natural
- Declaración de situación de actividad (RETA)
- Envíala a tu gestor/a o Dirección Provincial.
- Tu gestor/a se encargará de tramitar tu solicitud. En el caso que falte algún documento, se pondrá en contacto contigo.
- Si tienes alguna duda o quieres saber el estado de tu solicitud contacta con tu gestor/ o Dirección Provincial.
Si necesitas reducir tu jornada laboral un 50% o más, para el cuidado directo, continuado y permanente de un menor a tu cargo, por padecer cáncer una enfermedad grave, te:
- Abonamos el 100% de tu base reguladora.
Duración:
- Inicio: Desde el reconocimiento del derecho a la prestación.
- Fin: Hasta como máximo de los 26 años del menor.
Forma de abono:
- Directamente al autónomo/a tras solicitud previa de este/a y resolución sobre el reconocimiento del derecho.
Si quieres ampliar la información relativa a esta prestación económica, pincha aquí.
Para solicitar esta prestación, sigue estos pasos:
- Descarga y cumplimenta la documentación que debes presentar para pedir esta prestación:
- Envíala a tu gestor/a o Dirección Provincial.
- Tu gestor/a se encargará de tramitar tu solicitud. En el caso que falte algún documento, se pondrá en contacto contigo.
- Si tienes alguna duda o quieres saber el estado de tu solicitud contacta con tu gestor/a o Dirección Provincial.
Te ayudamos a poder acceder a las prestaciones complementarias. Son ayudas económicas que concede la Comisión de Prestaciones Especiales de Solimat y son de carácter potestativo.
Tipos de ayuda:
- Rehabilitación y recuperación.
- Reorientación profesional y adaptación del puesto de trabajo.
- Ayuda para la adaptación de los medios esenciales para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria.
- Complemento auxilio por defunción.
- Ayuda para la formación en el cuidado de personas en situación de Gran Invalidez.
- Ayuda para el mantenimiento de la posesión o disfrute de la vivienda habitual.
Cuantía:
La Comisión de Prestaciones Especiales es la encargada de estudiar y aprobar o denegar las solicitudes recibidas. En el caso de ser aprobadas, estas pueden cubrirse total o parcialmente.
Si quieres ampliar la información relativa a esta prestación económica, pincha aquí.
Para solicitar esta prestación, sigue estos pasos:
- Descarga y cumplimenta la documentación que debes presentar para pedir esta prestación:
- Envíala a tu gestor/a o Dirección Provincial.
- Tu gestor/a se encargará de tramitar tu solicitud. En el caso que falte algún documento, se pondrá en contacto contigo.
- Si tienes alguna duda o quieres saber el estado de tu solicitud contacta con tu gestor/a o Dirección Provincial.
Prestación Económica por cese de actividad
Puedes solicitar la prestación por cese de actividad si eres:
- Persona trabajadora autónoma comprendida en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
- Persona trabajadora por cuenta propia incluida en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
- Socio de cooperativa de trabajo y persona trabajadora societarias.
Y te encuentras en alguna de estas situaciones:
- Haber cesado totalmente tu actividad de forma involuntaria.
- Haber reducido tu actividad de forma temporal.
- Te has visto afectado/a por un cese temporal de tu actividad por una declaración de emergencia adoptada por la autoridad pública competente.
A partir del 1 de enero de 2023, se amplía las situaciones de protección, de forma que el cese de actividad puede ser:
- Definitivo
- Temporal:
- Total: comporta la interrupción de todas las actividades que puedan originar el alta como RETA.
- Parcial: cuando se produzca una reducción de la actividad que afecte a un sector o centro de trabajo.
Si quieres ampliar la información relativa a esta prestación económica, pincha aquí.
Para solicitar esta prestación, sigue estos pasos:
- Descarga y cumplimenta la documentación que debes presentar para pedir esta prestación:
- Solicitud prestación económica cese actividad
- Solicitud de pago único de la prestación de cese de actividad
- Solicitud de reanudación de la prestación de cese de actividad
- Declaración jurada cese de actividad trade
- Declaración jurada cese definitivo por motivos económicos, técnicos y productivos. Estimación directa
- Declaración jurada cese definitivo por motivos económicos, técnicos y productivos. Estimación objetiva
- Declaración jurada cese parcial por motivos económicos, técnicos y productivos
- Declaración jurada de cumplimiento de las garantías laborales
- Declaración jurada fuerza mayor y violencia de género
- Envíala a tu gestor/a o Dirección Provincial.
- Tu gestor/a se encargará de tramitar tu solicitud. En el caso que falte algún documento, se pondrá en contacto contigo.
- Si tienes alguna duda o quieres saber el estado de tu solicitud contacta con tu gestor/a o Dirección Provincial.
Mecanismo RED
El 1 de enero de 2023 entran en vigor dos nuevas prestaciones para los trabajadores autónomos activados por el Mecanismo RED (artículo 47 bis del Estatuto de los Trabajadores).
Durante la vigencia de estas medidas, las personas trabajadoras autónomas podrán acceder a una de las dos prestaciones reguladas en las disposiciones adicionales 48 y 49 del Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad:
Si quieres ampliar la información relativa a esta prestación económica, pincha aquí.
Para solicitar esta prestación, sigue estos pasos:
- Descarga y cumplimenta la documentación que debes presentar para pedir esta prestación:
- Envíala a tu gestor/a o Dirección Provincial.
- Tu gestor/a se encargará de tramitar tu solicitud. En el caso que falte algún documento, se pondrá en contacto contigo.
- Si tienes alguna duda o quieres saber el estado de tu solicitud contacta con tu gestor/a o Dirección Provincial.
Portal de Servicios
Como autónomo adherido a Solimat, ponemos a tu disposición el Portal de servicios Web de Solimat, para que puedas realizar tus gestiones de forma sencilla y rápida, así como acceder a información de tu interés.
Puedes darte de alta en nuestro Portal de servicios en dos pasos:
Botiquines
Si necesitas un nuevo botiquín o reponer su contenido, envía esta solicitud a tu Dirección Provincial:
Nos encargamos de tramitarla y, en unos días, lo recibirás en la dirección que nos indiques.